Prórroga del salario mínimo para el año 2021:
La disposición adicional sexta del Real Decreto-Ley 38/2020, de 29 de diciembre, prorroga la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, donde se establece el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2020, para trabajadores fijos, eventuales, temporeros y para los emleados de hogar, hasta que se apruebe el real decreto por el que se fije el correspondiente al año 2021:
Nacimiento y Cuidado de Menor a partir del 1 de enero de 2021:
A partir de 2021, los permisos por nacimiento se equiparan para madres y padres, sean o no biológicos. Ambos progenitores podrán disponer de hasta 16 semanas para los cuidados del nuevo hijo, tras el nacimiento o la adopción.
Las primeras 6 semanas después del parto serán siempre de descanso obligatorio para ambos. No obstante, la madre biológica podrá adelantarlos hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista del parto.
Las 10 semanas restantes se podrán repartir en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto.
Este derecho es individual de la persona trabajadora, por lo que no se puede transferir al otro progenitor.
La prestación que se cobra es el 100% de la base reguladora que esté establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
1 de enero (viernes), Año Nuevo
6 de enero (miércoles), Epifanía del Señor
19 de marzo (viernes), San José
1 de abril (jueves), Jueves Santo
2 de abril (viernes), Viernes Santo
1 de mayo (sábado), Fiesta del Trabajo
3 de mayo (lunes), traslado de la Fiesta de la Comunidad de Madrid
12 de octubre (martes), Fiesta Nacional Española
1 de noviembre (lunes), Día de Todos los Santos
6 de diciembre (lunes), Día de la Constitución Española
8 de diciembre (miércoles), Inmaculada Concepción
25 de diciembre (sábado), Natividad del Señor
Además de las doce fiestas relacionadas se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales
Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2021.
17 de marzo a 17 de mayo | Aprovechamiento dominio público local, instalación de cajeros, taquillas, mostradores u otros elementos |
17 de marzo a 17 de mayo | Veladores |
17 de marzo a 17 de mayo |
Ocupación de la vía pública con puestos (quioscos y mercadillos) 1º plazo |
17 de marzo a 17 de mayo | Tasa entrada vehículos y reserva de espacio |
9 de abril a 9 de junio | Impuesto de vehículos de tracción mecánica |
21 de mayo a 21 de julio |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos 1º plazo |
10 de septiembre a 10 de noviembre | Impuesto sobre actividades económicas |
10 de septiembre a 10 de noviembre | Tasa recogida de basura en establecimientos industriales, comerciales y profesionales |
15 de octubre a 15 de diciembre | Impuesto sobre bienes inmuebles urbanos 2º plazo |
15 de octubre a 15 de diciembre | Impuesto sobre bienes inmuebles rústicos |
15 de octubre a 15 de diciembre | Prestación servicios sanitarios animales domésticos |
15 de octubre a 15 de diciembre | Ocupación de la vía pública con puestos (quioscos y mercadillos) 2º plazo |
15 de octubre a 15 de diciembre | Canon concesión administrativa aparcamientos |
Nuevos sujetos obligados a relacionearse electrónicamente con la AEAT (Agencia Tribuaria):
El 2 de octubre de 2016 entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La nueva Ley obliga a todas las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones culturales, comunidades de propietarios) a relacionarse vía telemática con las Administraciones Públicas, debiendo recibir por este medio las notificaciones y teniendo que presentar los documentos y solicitudes que antes se hacía por registro. No está afectada por esta ley la presentación de declaraciones y autoliquidaciones.